SUMINISTRO DE GASES MEDICINALES PARA LA ESE HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA Y LA UNIDAD FUNCIONAL DE ZIPAQUIRA.
Fecha de Apertura | 2017-02-03 00:00:00 |
Fecha y Hora de Cierre | 2017-02-07 10:00:00 |
Cuantía | $415.150.000 |
Estado | Adjudicada |
Anexos | Precontractual |
ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION
[2017-02-03 16:38:56] ANEXO 2 FORMATO ÚNICO DE PROVEEDORES
[2017-02-03 16:40:26] ANEXO 3 CONDICIONES TECNICAS
[2017-02-03 16:40:53] ANEXO 4 MINUTA DEL CONTRATO
[2017-02-03 16:41:23] |
Pliego de condiciones definitivo | Precontractual |
PLIEGO CONVOCATORIA N 5
[2017-02-03 15:09:50] |
Resolucion de Apertura | Precontractual |
RESOLUCIÓN DE APERTURA
[2017-02-03 15:09:04] |
Evaluacion de Ofertas | Precontractual |
EVALUACIÓN JURIDICA
[2017-02-08 16:57:02] EVALUACIÓN FINANCIERA
[2017-02-08 16:57:47] EVALUACIÓN TECNICA
[2017-02-08 16:58:28] EVALUACIÓN ECONÓMICA
[2017-02-08 16:59:51] EVALUACIÓN JURÃDICA FINAL
[2017-02-09 16:55:24] |
Acta y Resolucion de Adjudicacion | Contractual |
RESOLUCIÓN DE ADJ8UDICACION
[2017-02-10 15:50:09] |
VEEDOR CIUDADANO [2017-02-15 21:34:23]
Se observa un acta administrativo viciado de total nulidaf por Falsa Motovacion, pues se fundamenta diciendo que las evaluaciones se hicieron de acuerdo a los terminos lo cual NO es cierto. Volvemos a reiterar al Hospital q la evaluacion juridica esta mal hecha y en todas las convocatorias pues evalua items que no estan dentro de la capacidad juridica dicha en los terminos. Esperamos respuesta a todas las situaciones antes de iniciar las acciones de tutela por no contestar todas las aclaraiones.
VEEDOR CIUDADANO [2017-02-10 13:36:32]
SE SOLICITA UN POCO MAS DE CUIDADO EN LAS EVALUACIONES EN TANTO QUE DESPUÉS DE LA OBSERVACIÓN REALIZADA COMO VEEDOR CIUDADANO EXTRAÑAMENTE APARECIÓ UNA EVALUACIÓN JURÃDICA FINAL Y MAS RARO AUN CUANDO NI SIQUIERA SE PUBLICO EL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL SE SUBSANO LA OFERTA. NO OBSTANTE SE REITERA QUE LA EVALUACIÓN JURIDICA COLGADA EL 8 DE FEBRERO SE ENCUENTRA MAL REALIZADA PUESTO QUE CALIFICO ITEMS QUE NO ERAN DEL RESORTE DE CAPACIDAD JURÃDICA TAL COMO ESTABLECÃAN LOS PLIEGOS. SE REITERA RESPETO POR ELLOS EN TODAS LAS CONVOCATORIAS POR PARTE DEL AREA JURIDICA
VEEDOR CIUDADANO [2017-02-09 13:01:10]
Como veedor ciudadano solicito respuesta a las siguientes observaciones que preliminarmente denotan una deficiencia de conocimientos y pericia de los funcionarios públicos que realizan la calificación jurÃdica y además que hacen los mismos términos de referencia en razón a que en primer lugar, la evaluación jurÃdica establece la oferta inadmisible situación irregular en tanto que se ha dicho por la reciente jurisprudencia del Consejo de Estado que la falta de certificado de existencia y representación legal, de RUP, de firma de la oferta, de un certificado de experiencia, la copia de la oferta, la ausencia y errores en la garantÃa de seriedad, de autorización al representante legal por parte de la junta directiva, etc., son requisitos subsanables, porque no otorgan puntaje en la evaluación, por tanto establecer que el proponente resulta inadmisible jurÃdicamente por falta del RUP o registro de PROVEEDORES es irregular adicionado a que ni siquiera en dicho formato de evaluación se solicita explicación al interesado sobre ello tal como asi Lo dispone la Jurisprudencia. Mas grave aún y ratificando la incompetencia de los funcionarios el jefe de la oficina jurÃdica hace una evaluación jurÃdica sobre Ãtems que ni siquiera están dentro de lo que debe avaluarse jurÃdicamente, puesto que el numeral 2.1. que habla de la capacidad jurÃdica no establece jamás que dentro de la evaluación de la capacidad jurÃdica se verifique los documentos de la propuesta pues la capacidad jurÃdica debe recaer sobre lo que dice el numeral 2.1. es decir sobre: su duración, registro mercantil, certificado de existencia y representación legal y RUP y no sobre los demás documentos que como bien indican los términos se tratan de documentos de la propuesta en el numeral 3.6, que no están descritos como evaluables jurÃdicamente EN NINGUNA PARTA DE LOS TERMINOS como erradamente lo hizo el área jurÃdica al incluir en su evaluación, registro proveedores, antecedentes etc.. dichos funcionarios desconocen el carácter de obligatorio y de ley que la jurisprudencia le ha dado a los términos de condiciones. Por lo anterior se solicita que como veedor se realicen los procesos de contratación de nuestro querido por funcionarios con experticia y pericia ya que si todos los proceso son asi el Hospital mediante dichos funcionarios incurre en una celebración indebida, perjudicando la Gestion de su Gerente quien ojala tome las medidas necesarias. No obstante de estas situaciones, como veedor pondremos en conocimiento de las autoridades pues son de evidente irregularidad.