Seleccionar una COMPAÑÃA DE SEGUROS legalmente establecida en Colombia con el fin de contratar las pólizas de seguros requeridas para la adecuada protección de los bienes e intereses patrimoniales de propiedad de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA y su Unidad Funcional de ZIPAQUIRà y aquellos por los cuales sea o llegare a ser legalmente responsable.
Fecha de Apertura | 2016-02-17 00:00:00 |
Fecha y Hora de Cierre | 2016-02-23 16:00:00 |
Cuantía | $568.000.000 |
Estado | Adjudicada |
Pliego de condiciones definitivo | Precontractual |
PLIEGO CONVOCATORIA N 12
[2016-02-17 16:05:58] |
Adendos | Precontractual |
ADENDA 1
[2016-02-19 15:56:07] |
Anexos | Precontractual |
ACLARACIÓN DEL PLIEGO
[2016-02-22 15:53:36] |
Evaluacion de Ofertas | Precontractual |
EVALUACION TÉCNICO ECONOMICO
[2016-02-26 17:29:53] EVALUACIÓN FINANCIERA
[2016-02-26 17:30:25] EVALUACIÓN JURIDICA
[2016-02-26 17:30:52] ACTA DE COMITE PUBLICACION DE EVALUACION
[2016-02-26 17:31:08] |
LA PREVISORA SEGUROS S.A [2016-02-22 17:21:28]
Buenas tardes,
Solicitamos la colaboración de:
1. Publicar el formulario para la póliza de Responsabilidad Civil Servidores Públicos, debidamente diligencia, firmado y fechado
2. Publicar el formulario para la póliza de Responsabilidad Civil Profesional, debidamente diligencia, firmado y fechado
LA PREVISORA SEGUROS S.A [2016-02-22 11:58:09]
Buenos dÃas:
De acuerdo a las especificaciones del pliego de condiciones, amablemente enviamos la siguiente observación:
1. CLAUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN MODIFICACIÓN, INTERPRETACIÓN, TERMINACIÓN UNILATERALES Y CADUCIDAD:
Solicitamos respetuosamente a la entidad eliminar el presente numeral, lo anterior con base al artÃculo 14 de la ley 80 de 1993, que establece que en materia de contratación estatal, cuyo objeto es adquirir seguros, no aplican las clausulas excepcionales al derecho común, el tenor literal es el siguiente:
PARÃGRAFO DEL ARTICULO 14 DE LA LEY 80 DE 1993: En los contratos que se celebren con personas públicas internacionales, o de cooperación, ayuda o asistencia; en los interadministrativos; en los de empréstito, donación y arrendamiento y en los contratos que tengan por objeto actividades comerciales o industriales de las entidades estatales que no correspondan a las señaladas en el numeral 2o. de este artÃculo, o que tengan por objeto el desarrollo directo de actividades cientÃficas o tecnológicas, asà como en los contratos de seguro tomados por las entidades estatales, se prescindirá de la utilización de las cláusulas o estipulaciones.
2. NUMERAL 3.6.6 GARANTÃA DE SERIEDAD DE LA OFERTA GARANTÃA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO:
De conformidad con el artÃculo 7 de la Ley 1150 de 2007, las garantÃas no serán obligatorias en los contratos de seguro:
ARTÃCULO 7o. LEY 1150 DE 2007 - DE LAS GARANTÃAS EN LA CONTRATACIÓN. Los contratistas prestarán garantÃa única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. Los proponentes prestarán garantÃa de seriedad de los ofrecimientos hechos.
Las garantÃas consistirán en pólizas expedidas por compañÃas de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en garantÃas bancarias y en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por el reglamento para el efecto. Tratándose de pólizas, las mismas no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. El Gobierno Nacional señalará las condiciones generales que deberán ser incluidas en las pólizas de cumplimiento de los contratos estatales.
El Gobierno Nacional señalará los criterios que seguirán las entidades para la exigencia de garantÃas, las clases y niveles de amparo de los riesgos de los contratos, asà como los casos en que por las caracterÃsticas y complejidad del contrato a celebrar, la garantÃa pueda ser dividida teniendo en cuenta las etapas o riesgos relativos a la ejecución del respectivo contrato.
El acaecimiento del siniestro que amparan las garantÃas será comunicado por la entidad pública al respectivo asegurador mediante la notificación del acto administrativo que asà lo declare.
Las garantÃas no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de seguro y en los contratos cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantÃa a que se refiere esta ley, caso en el cual corresponderá a la entidad determinar la necesidad de exigirla, atendiendo a la naturaleza del objeto del contrato y a la forma de pago, asà como en los demás que señale el reglamento.
PARÃGRAFO TRANSITORIO. Durante el perÃodo que transcurra entre la entrada en vigencia de la reforma contenida en la presente ley y la expedición del decreto reglamentario a que se refiere este artÃculo, las entidades estatales continuarán aplicando las normas legales y reglamentarias vigentes.
Hospital Universitario Samaritana (2016-02-22 15:56:44)
Buenos dÃas
El comité de compras y contratos del hospital universitario de la samaritana le informa: que de conformidad con el cronograma establecido dentro de los términos de condiciones de la convocatoria las observaciones y aclaraciones a los términos solo se realizaran a través del correo electrónico, contratación@hus.org.co o en la aclaración de términos llevada a cabo en cada convocatoria según cronograma. como lo establece el párrafo COMUNICACIÓN Y CORRESPONDENCIA en los términos de referencia.
Gracias por su atención prestada.
Asesorias y Negocios Colombia [2016-02-20 21:43:28]
Respetados señores
Solicitamos sea informado la razon social del intermediario de seguros.
Hospital Universitario Samaritana (2016-02-22 15:56:55)
Buenos dÃas
El comité de compras y contratos del hospital universitario de la samaritana le informa: que de conformidad con el cronograma establecido dentro de los términos de condiciones de la convocatoria las observaciones y aclaraciones a los términos solo se realizaran a través del correo electrónico, contratación@hus.org.co o en la aclaración de términos llevada a cabo en cada convocatoria según cronograma. como lo establece el párrafo COMUNICACIÓN Y CORRESPONDENCIA en los términos de referencia.
Gracias por su atención prestada.
ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA [2016-02-19 09:58:55]
Buen dia,
Agradecemos a la entidad:
1. Suministrarnos la siniestralidad de los últimos 3 años
2. Suministrarnos las condiciones para la póliza de RC Profesional
3. Suministrarnos formulario para la póliza de Responsabilidad Civil Servidores Públicos, debidamente diligencia, firmado y fechado
4. Suministrarnos formulario para la póliza de Responsabilidad Civil Profesional, debidamente diligencia, firmado y fechado
5. Agradecemos se sirva prorrogar en al menos un dÃa el cierre del presente proceso
Hospital Universitario Samaritana (2016-02-22 15:57:01)
Buenos dÃas
El comité de compras y contratos del hospital universitario de la samaritana le informa: que de conformidad con el cronograma establecido dentro de los términos de condiciones de la convocatoria las observaciones y aclaraciones a los términos solo se realizaran a través del correo electrónico, contratación@hus.org.co o en la aclaración de términos llevada a cabo en cada convocatoria según cronograma. como lo establece el párrafo COMUNICACIÓN Y CORRESPONDENCIA en los términos de referencia.
Gracias por su atención prestada.