SUMINISTRO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS MEDICAMENTOS PARA LA E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA BOGOTà Y LA UNIDAD FUNCIONAL DE ZIPAQUIRÃ.
Fecha de Apertura | 2018-01-25 00:00:00 |
Fecha y Hora de Cierre | 2018-02-05 10:00:00 |
Cuantía | $7.065.269.786 |
Estado | Adjudicada |
Acta de audiencia de aclaracion de pliegos | Precontractual |
ACTA AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE TÉRMINOS
[2018-02-08 17:40:39] |
Acta y Resolucion de Adjudicacion | Contractual |
ACTA DE RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN
[2018-03-13 18:28:19] RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
[2018-03-13 18:29:22] RESOLUCION ACLARATORIA A RESOLUCIÓN No. 128 DE 2018
[2018-03-23 10:27:28] RESOLUCIÓN ACLARATORIA A RESOLUCIÓN No. 128 DE 2018 2
[2018-03-23 16:51:55] RESOLUCIÓN ACLARATORIA A RESOLUCIÓN No. 128 DE 2018 3
[2018-04-13 14:24:22] RESOLUCIÓN ACLARATORIA A RESOLUCIÓN No. 1147 DE 2018
[2018-04-19 13:49:48] RESOLUCION ACLARATORIA A RESOLUCIÓN No. 181 DE 2018
[2018-06-06 11:03:12] |
Anexos | Precontractual |
ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION
[2018-01-25 16:10:04] ANEXO 2 FORMULARIO UNICO REGISTRO DE PROVEEDORES
[2018-01-25 16:10:06] ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS
[2018-01-25 16:10:08] ANEXO 4 MINUTA DEL CONTRATO
[2018-01-25 16:10:10] ANEXO 5 CUADRO ECONOMICO
[2018-01-25 16:10:12] ANEXO 6 CERTIFICACION SOBRE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD
[2018-01-25 16:10:14] ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CORREGIDOS
[2018-02-02 10:01:36] ANEXO 5 CUADRO ECONÓMICO CORREGIDO
[2018-02-02 10:02:28] |
Evaluacion de Ofertas | Precontractual |
EVALUACIÓN JURÃDICA
[2018-02-23 15:51:23] EVALUACIÓN FINANCIERA
[2018-02-23 15:51:50] EVALUACIÓN TÉCNICA
[2018-02-23 15:52:11] EVALUACIÓN EXPERIENCIA
[2018-02-23 15:52:39] EVALUACIÓN ECONÓMICA FINAL
[2018-03-06 17:07:59] |
Observaciones al Prepliego de Condiciones | Precontractual |
RESPUESTA A OBSERVACIONES
[2018-02-02 09:55:00] |
Pliego de condiciones definitivo | Precontractual |
PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA N 1
[2018-01-25 16:10:02] |
Resolucion de Apertura | Precontractual |
RESOLUCIÓN DE APERTURA
[2018-01-25 16:10:00] |
Respuesta a las observaciones | Precontractual |
ACTA FINAL DE EVALUACIONES
[2018-03-06 16:07:17] |
Adendos | Precontractual |
ADENDA 1
[2018-02-01 10:57:01] ADENDA 2
[2018-02-02 09:57:31] |
Actas de Cierre | Contractual |
ACTA DE CIERRE APERTURA DE SOBRES
[2018-02-13 10:36:38] |
Viviana Baquero [2018-02-05 16:53:34]
Buenas tardes
por medio de la presente agradecemos sea contemplada la posibilidad de ampliación de cierre de esta convocatoria, teniendo en cuenta que la cantidad de documentos exigidos requieren de tiempo para su presentación y la respuesta ADENDA No. 2 fue respondida hasta el 02/02/17.
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-19 10:19:52)
Cordial Saludo
No es procedente para la E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA, ampliar el plazo de entrega de de la Convocatoria; por cuanto al interior de nuestra se cuenta con una planeación estratégica en la parte de manejo y stock de los inventarios en donde se cuentan hasta el mes de marzo con dicho stock; lo que al aplazar el cierre de la convocatoria nos verÃamos afectados por un desabastecimiento de insumos.
LABORATORIOS CHALVER DE COLOMBIA S.A. [2018-02-02 15:56:13]
Solicitamos su colaboración para que sea ampliada la fecha de presentación de la propuesta esta muy corto el tiempo para el alistamiento de documentos y todos los requisitos exigidos.
Adicionalmente, solicitamos nos confirmen si es necesaria la copia fÃsica adicional que requieren de los documentos o si solo el original y la copia en medio magnético es suficiente.
Quedamos atentos a su respuesta Gracias
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-19 10:19:25)
Cordial Saludo
No es procedente para la E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA, ampliar el plazo de entrega de de la Convocatoria; por cuanto al interior de nuestra se cuenta con una planeación estratégica en la parte de manejo y stock de los inventarios en donde se cuentan hasta el mes de marzo con dicho stock; lo que al aplazar el cierre de la convocatoria nos verÃamos afectados por un desabastecimiento de insumos.
En cuanto a la copia si es necesario que adjunten la misma.
Deposito de drogas boyaca [2018-02-02 11:24:26]
Buenos dÃas, debido a la gran cantidad de productos a cotizar solicitamos muy cordialmente que sea prorrogado el tiempo de entrega, esto con el fin de poder cotizar la mayor parte de los productos farmacéuticos y también podernos presentar la convocatoria N2 Dispositivos médicos
Muchas Gracias
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-19 10:17:47)
Cordial Saludo
No es procedente para la E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA, ampliar el plazo de entrega de de la Convocatoria; por cuanto al interior de nuestra se cuenta con una planeación estratégica en la parte de manejo y stock de los inventarios en donde se cuentan hasta el mes de marzo con dicho stock; lo que al aplazar el cierre de la convocatoria nos verÃamos afectados por un desabastecimiento de insumos.
Johans Mateus - Fresenius-Kabi [2018-01-31 21:49:50]
SE SOLICITA REVISAR EN EL LISTADO DE PRODUCTOS LAS PRESENTACIONES EN LATA DE LAS NUTRICIONES ENTREALES TENIENDO EN CUENTA QUE EL PLIEGO PARA ESTE AÑO INCLUYE PRESENTACIONES DESDE 237ML HASTA 250ML, HACIENDO EXCLUSION A OTRAS PRESENTACIONES COMERCIALES EN EL MERCADO QUE TIENEN PRODUCTOS DESDE 200ML, SOLICITAMOS ESTA ACLARACIÓN YA QUE EN EL PLIEGO DEL AÑO 2016 INCLUÃA LAS PRESENTACIONES DESDE 200ML HASTA 250ML, GRACIAS
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:28:16)
CORDIAL SALUDO
RESPUESTA: Las caracterÃsticas y especificaciones de insumos que se solicitan por parte del HUS son las que se requieren los diferentes servicios que lo utilizan. Es importante aclarar que pueden presentar su propuesta y se evaluará técnicamente con el servicio solicitante.
Carlos Gomez - ALC Distribuciones [2018-01-31 21:37:17]
Con respecto a los Ãtem 168, 169, 484, 485, 486, 487 en el listado de productos farmacéuticos medicamentos para Bogotá y la unidad funcional de Zipaquirá, en la columna observaciones dice "el envase debe ser bolsa viaflex plástica de PVC plastico grado médico colapsible. Empacada individualmente en sobrebolsa de Polietileno de Alta densidad" Se limita la participación de otros productos ya que la palabra "viaflex" corresponde a una marca en el mercado.
Al respecto, el Consejo de Estado ha establecido que cuando una Entidad Estatal circunscribe la posibilidad de presentar ofertas a aquellos proveedores que ofrecen los bienes de una marca en particular, vulnera el principio de transparencia artÃculo 24 de la ley 80 de 1993 y selección objetiva artÃculo 5 de la ley 1150 de 2007, pues se impide que los proponentes que fabrican o comercializan productos de otras marcas, puedan concurrir a presentar sus ofertas al Proceso de Contratación. Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, Sentencia N 18118 del 24 de marzo de 2011, C.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa.
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:27:30)
CORDIAL SALUDO
RESPUESTA:En respuesta a su solicitud le informamos que mediante Adenda Modificatoria, el ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS y ANEXO 5 CUADRO ECONOMICO se modificará en el archivo de Excel que hace parte de la presente Convocatoria los Ãtems 168, 169, 484, 485, 486, 487.
ALEJANDRA SOLIS [2018-01-31 12:03:49]
2.4. INDICADORES FINANCIEROS
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: MENOR 60%.
PREGUNTA: ES POSIBLE RECONSIDERAR ESTE PORCENTAJE TENIENDO EN CUENTA QUE EL AÑO PASADO FUE MODIFICADO DURANTE EL PROCESO DE LA CONVOCATORIA. MUCHAS GRACIAS
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:26:36)
CORDIAL SALUDO
RESPUESTA: Informamos que el numeral 2.4 INDICADORES FINANCIEROS del Pliego de Condiciones se modificará y en razón a ello, se expedirá Adenda Modificatoria.
PATRICIA VILLEGAS- ABBVIE [2018-01-30 15:20:31]
Numerales 2.7 Y 2.8 OBLIGACIONES DEL PROPONENTE y Clausula SEPTIMA Contrato de suministro: CONDICIONES DE CAMBIO DE INSUMOS POR VENCIMIENTO O BAJA ROTACION
2.7 El proponente se obliga a realizar cambios por próximos vencimientos de medicamentos, previa notificación, vÃa correo electrónico y/o oficio, del hospital al proveedor como mÃnimo con seis 6 meses de anticipación a la fecha de vencimiento del producto
2.8 El proponente se obliga a que por baja rotación que haya tenido un producto en particular, el hospital podrá devolverlo para su cambio
Para estos puntos contenidos en el pliego de condiciones de la Convocatoria Pública No. 01 de 2018, se adjuntará a nuestra propuesta, la polÃtica de devoluciones de AbbVie para que sea tenida en cuenta en los eventos que aplique y que será la polÃtica aplicable en el desarrollo del contrato.
Se aclara que, no son aplicables las condiciones de devolución establecidas en el pliego , en la medida en la que AbbVie no es responsable por el buen manejo de los inventarios del Hospital o de las condiciones generales del mercado no imputables a AbbVie que puedan generar eventuales devoluciones.
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:25:13)
CORDIAL SALUDO
RESPUESTA: Dentro de la gestión de inventarios del HUS y los planes de mejora que se han venido desarrollando las cláusulas estipuladas en la minuta del contrato serán las que aplique en caso de requerir un cambio por fecha de vencimiento, baja rotación o evento presentado con el insumo.
PATRICIA VILLEGAS- ABBVIE [2018-01-30 15:19:28]
Numeral 4.2 EVALUACION ECONOMICA. .El valor máximo de oferta será el precio de compra del HUS en el año 2017. No se adjudicará el o los Ãtems que se encuentren por encima del valor de referencia
Se solicita reconsiderar este criterio de adjudicación debido a que, según la Circular 03 de 2013 expedida por la CNPMDM y normas concordantes, los precios de los medicamentos se vienen actualizando anualmente de acuerdo con el IPC; por lo tanto, AbbVie ha venido actualizando sus precios de lista, los cuales serán aplicados en la propuesta a ser presentada.
Numeral 4.7 PRODUCTOS SOMETIDOS A CONTROL DE PRECIOS POR EL ESTADO COLOMBIANO
Si después de firmado el contrato, es expedida alguna disposición normativa que establezca un control de regulación de precios de productos farmacéuticos medicamentos el CONTRATISTA se obliga a reducir el precio ofertado inicialmente al 100% del valor máximo definido por el Gobierno.
Solicitamos tener en cuenta que, de igual forma, ante la expedición de un acto administrativo de la comisión nacional de precios y dispositivos médicos o quien haga sus veces, a partir de la entrada en vigencia del acto administrativo que lo establezca, Abbvie podrá aumentar los precios hasta el máximo legal permitido para las moléculas que aplique. Igualmente, si el precio disminuyera por orden de autoridad competente, el nuevo precio se aplicará a partir de la entrada en vigencia del acto administrativo que lo establezca.
De igual forma los precios de los productos no regulados se incrementarán automáticamente en el IPC certificado por el DANE aplicable para el año inmediatamente anterior sin que se haga requerimiento alguno por las partes.
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:23:35)
CORDIAL SALUDO
RESPUESTA Numeral 4.2 EVALUACIÓN ECONÓMICA: En respuesta a su observación, informamos que el numeral 4.2 EVALUACIÓN ECONÓMICA del Pliego de Condiciones se modificará y en razón a ello, se expedirá Adenda Modificatoria.
RESPUESTA Numeral 4.7 PRODUCTOS SOMETIDOS A CONTROL DE PRECIOS POR EL ESTADO COLOMBIANO: Como primera medida nos permitimos indicar que la Circular 003 de 2017 emitida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, es un acto administrativo que se presume legal y ostenta además carácter vinculante y de obligatorio cumplimiento, el cual rige a partir de la fecha de entrada en vigencia de la misma.
También le aclaramos que en dicha Circular la Comisión es clara en indicar que se aplica el ajuste por variación del IPC sobre los precios máximos de venta, razón por la que el Contratista se verá obligado a ajustar el costo de sus insumos cuando suscrito el contrato, los mismos sobrepasen el monto máximo exigido por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Ahora bien, dicha prerrogativa NO puede extenderse a favor del contratista, respecto de un eventual incremento de precios, toda vez que vulnerarÃamos el principio de selección objetiva del contratista; y por que además el Hospital debe propender por la escogencia de la mejor propuesta económica.
Reiteramos que el Hospital Universitario de la Samaritana debe actuar con observancia estricta de la Constitución, la Ley y sus reglamentos; por tanto, para el caso concreto, NO nos encontramos en condiciones legales de sobrepasar los precios máximos autorizados, eso si respetando la autonomÃa de la voluntad de las partes pactada en el contrato siempre y cuando no sea contraria a derecho.
Finalmente aclaramos que la aplicación del principio rebus sic stantibus el cual permite la revisión del contrato por la concurrencia de circunstancias nuevas e imprevisibles que agraven las prestaciones de alguna de las partes y que deriven en el rompimiento del equilibrio económico del contrato, requiere de ser probada por el Contratista y evaluada por el Hospital para que se pueda acceder a la solicitud del equilibrio financiero del contrato.
PATRICIA VILLEGAS- ABBVIE [2018-01-30 15:18:33]
Numeral 2.6 EXPERIENCIA MINIMA REQUERIDA. El proponente deberá acreditar una experiencia de mÃnimo tres años cuyo objeto fuere el suministro de productos farmacéuticos medicamentos en Entidades de salud de tercer y cuarto nivel que debe ser soportada con la presentación de mÃnimo 5 contratos; ejecutados durante los últimos tres años, en donde el valor sume como mÃnimo el 70% del valor del presupuesto estimado para la presente convocatoria...
Se solicita reconsiderar este % teniendo en cuenta al valor de las ofertas de cada proponente
Se solicita se puedan adjuntar copias de los contratos o las actas de liquidación correspondientes.
Adicionalmente solicitamos se puedan adjuntar certificaciones de Entidades de Salud Privadas.
Hospital Universitario Samaritana (2018-02-02 10:19:28)
CORDIAL SALUDO
En respuesta a su observación, informamos que el numeral 2.6 EXPERIENCIA MÃNIMA REQUERIDA del Pliego de Condiciones se modificará y en razón a ello, se expedirá Adenda Modificatoria
Las copias simples de contratos no son validados como certificado de experiencia. Los soportes que serán tenidos en cuenta para consolidar la experiencia del contratista serán las Certificaciones que cumplan con los requisitos establecidos en el inciso 2.6 del Pliego. Ahora bien, las actas de liquidación que contengan la información mÃnima requerida serán aceptadas por el Hospital.